Vuelta alto, vuela seguro; seguro para instructor de aviación
Un instructor debe poder contar con todo tipo de seguridad. Dentro de ello está un seguro para accidentes personales que lo cubra en casos mayores
La aviación es un ejercicio, mayormente militar, que emplea a un piloto y una aeronave, con fines comerciales, privados o de entretenimiento. La responsabilidad del piloto es muy alta, pues maneja un equipo pesado y peligroso. Para poder aprender a manejarlo con total seguridad, se debe contar con el asesoramiento de un instructor de aviación.
Esta persona debe ser un experto en los procesos de la aeronáutica, lo cual se traduce a conocer los diseños, fabricación, desarrollo y utilización de los distintos equipos que lo conforman. Además es importante que cuente con experiencia comprobable del manejo de aeronaves.
Para estos instructores del aire, es importante contar con sistemas de seguridad dentro y fuera de la pista. Un avión que sufre fallas debe poder eyectarlo junto al paracaídas, ya que de no hacerlo podría perder la vida. Otro riesgo está en la pista de aterrizaje, donde salen y entran aviones constantemente y pueden ocurrir accidentes.
Por lo tanto, un instructor debe poder contar con todo tipo de seguridad. Dentro de ello está un seguro para accidentes personales que lo cubra en casos mayores.
Los servicios que ofrecen las pólizas de accidentes personales para instructor de aviación son los siguientes: cobertura por accidentes en la zona laboral, es decir en las pistas o en la misma aeronave, donde exista una invalidez parcial o total. Esto puede ser poco común si el instructor emplea correctamente las medidas de seguridad pertinentes.
Además dan cobertura para casos de muerte accidental que sea comprobable, donde se adjuntan todos los gastos del sepelio. Esto es ideal para amigos, familiares y seres queridos.
El instructor de aviación puede gozar de ciertas comodidades, pues los pagos del seguro vienen en modalidades muy accesibles. Dicho de otra manera, existen los pagos por cuotas, como lo son los mensuales, anuales, o de jornadas laborales de 24 horas.