Seguro de accidentes personales para propietario y arrendatario de fincas agrícolas y de ganadería sin trabajo manual
ES por ello que pensando en los diversos riesgos que pueden sufrir tanto los arrendatarios como los propietarios de fincas agrícolas o de ganadería, se ha desarrollado esta póliza
Muchos propietarios y arrendatarios de fincas de producción agrícola y de ganadería creen equivocadamente que por no realizar un trabajo manual en el territorio no se encuentran expuestos a accidentes, pero esto no es así, de hecho, se encuentran igual o más expuestos a ciertas clases de accidentes que la fuerza de trabajo de la finca.
Esto es debido a que al no transitar por el terreno con regularidad cuando lo hace puede cometer un descuido por desconocimiento y sufrir algún golpe o una caída que igualmente pueden ocasionar esguinces o fracturas, o también puede acontecer accidentes donde ocurran quemadas, cortadas profundas o perforaciones…y en todos estos casos es necesaria la mejor atención clínica lo más eficiente posible, lo cual no es económico.
ES por ello que pensando en los diversos riesgos que pueden sufrir tanto los arrendatarios como los propietarios de fincas agrícolas o de ganadería, se ha desarrollado esta póliza de seguro contra accidentes personales especialmente dedicada a ellos para que atravesó de una pequeña inversión puedan asegurar un capital financiero lo suficiente basto para sobrellevar adecuadamente todo el proceso de atención clínica para recuperar el bienestar físico.
Ya que cuando se contrata este seguro de accidente personales para propietarios y arrendatarios de fincas de agricultura y ganadería se dispone de una amplia cobertura que permitirá cancelar todo el proceso de la atención clínica: Hospitalizaciones, exámenes necesarios para el diagnóstico, honorarios de doctores profesionales y el alquiler de servicio de quirófano si se requiere una intervención quirúrgica.
Finalmente, al ser contratar este seguro de accidente personales se dispone de un fondo de compensación, de manera que sea acreditado en caso de que el asegurado terminase total o parcialmente, ya sea por un tiempo determinado o permanente.